El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río ha instado a la Audiencia Provincial de Sevilla a tomar una decisión cuanto antes sobre la elevación de una cuestión cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a raíz de las sentencias del Tribunal Constitucional (TC). Todo ello motivado por la presentación de los recursos de amparo de los ex altos cargos condenados en el caso de los ERE y que le obliga a redactar nuevos fallos. Del Río ha instado a esperar y sobre todo, a respetar la decisión que se tome, al margen del plazo para la deliberación de tres días que se ha marcado la Audiencia de Sevilla para decidir si finalmente eleva la cuestión prejudicial al TJUE. «Nos interesa que cuanto antes ya tome la decisión que quede más conveniente y que se resuelva en un sentido o en otro», ha ratificado. El presidente del TJSA ha compartido su posición en declaraciones a los medios de comunicación en Sevilla antes de participar junto al consejero de Justicia, José Antonio Nieto, en la inauguración de unas jornadas sobre medios alternativos de solución de controversias previstas en la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia. Cuestionado sobre la decisión de la Audiencia de Sevilla apostando por ir al TJUE y la controversia posterior suscitada con el presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, ha sostenido que consideración no puede haber al esgrimir que se trata de un momento de deliberación judicial. Del Río ha apostado por «ir respetando un poco todas las instituciones que vayan desplegando sus capacidades o posibilidades de actuación» y, a partir de entonces, «ya es su momento de actuar o pronunciarse». Este martes la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, encargada de las nuevas sentencias tras los fallos del TC en la llamada pieza política de los ERE, dictó una providencia para marcarse tres días de abril y mayo para deliberar sobre si plantea la cuestión prejudicial. El tribunal ha establecido los días 24 y 29 de abril y 13 de mayo , para celebrar dicha deliberación, según figura en esta nueva providencia difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). El Constitucional ha declarado que la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla en su sentencia inicial condenatoria y el Tribunal Supremo al desestimar los recursos de casación de los citados acusados, habrían incurrido en una interpretación extravagante e imprevisible de los elementos típicos de ‘resolución’ y ‘asunto administrativo’ que vulnera el derecho fundamental a la legalidad penal que garantiza el artículo 25 de la Constitución Española. Ante ello, la Audiencia emitía una providencia el 18 de marzo preguntando a las partes sobre si el TC se habría extralimitado en la función de control que le corresponde invadiendo ámbitos reservados a la jurisdicción de los jueces y tribunales al revisar, a través de una interpretación alternativa de elementos normativos de los tipos penales de prevaricación y de malversación de caudales públicos, la valoración probatoria y el juicio de subsunción realizado por la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Supremo. También preguntaba si la interpretación del TC sobre las leyes de presupuesto de Andalucía de los años 2002 a 2009 se opone a la normativa y jurisprudencia comunitaria , al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboración de los presupuestos a la fase final de su ejecución, lo cual podría generar una situación de desprotección del patrimonio público y una merma del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, de la confianza de la sociedad en el manejo honesto de fondos públicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios públicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de la administración pública. Y por último, preguntaba por la posibilidad de que los t ribunales ordinarios no apliquen las sentencias del Constitucional interpretativas de las normas legales autonómicas (leyes de presupuesto de 2002 a 2009) que, a su juicio, conducen a entender como lícitas las conductas de los acusados cuando, según los tribunales ordinarios, dichas normas no excluyen la tipicidad penal. Ante ello, Cándido Conde-Pumpido encargó un informe a los letrados de la corte de garantías para estudiar si la Audiencia puede o no formular esta cuestión prejudicial al TJUE sobre este asunto y esos informes jurídicos resolvieron que no se puede impedir que los jueces y tribunales consulten al TJUE, aunque se trate de sentencias del TC que a priori deben ejecutar.
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Author : (abc)
Publish date : 2025-04-23 11:43:00
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El presidente del TSJA pide que «cuanto antes» la Audiencia de Sevilla decida sobre la Justicia Europea y el fallo de los ERE
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