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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a los padres de la bebé maltratada de Fernán Nuñez , que a punto estuvo de perder la vida, a 13 años y medio de prisión para cada uno por intento de homicidio y tres años más por maltrato habitual a su hija de apenas tres meses de vida. La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, considera probado que los padres de la bebé que eran pareja en el momento de los hechos y residían los tres en un mismo domicilio, ante los llantos de la recién nacida «que presentaba un llanto constante que dificultaba el sueño y el alimento, los acusados, actuando de común acuerdo, siendo conscientes de la indefensión de su hija, la zarandearon con fuerza a diario y la golpearon de forma reiterada y en diversas partes del cuerpo, consiguiendo irritarla aún más«. Ante estas circunstancias, según recogía además el escrito de la Fiscalía, los padres decidieron que para callarla y con conscientes del desprecio por la vida de la pequeña asumiendo que con tales hechos podrían provocar su muerte, le propinaron varios golpes en la cara . A causa de las palizas recibidas el bebé tuvo que ser ingresada en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del Hospital Universitario Reina Sofía donde permaneció 18 días. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Montilla (Córdoba) dictó un auto por el que procesaba al padre y a la madre de la menor por la presunta comisión de un delito de homicidio en grado de tentativa y ambos se encontraba en prisión provisional, comunicada y sin fianza desde el mes de marzo del pasado año 2023 por maltratar a su bebé. De las diligencias y actuaciones sumariales practicadas se desprende como indiciariamente acreditado que los investigados, «desde prácticamente el nacimiento de su hija, han venido a dispensar a ésta, no sólo un trato negligente en todo lo referente a su cuidado y sano desarrollo, sino que también han ejercido sobre la bebé una violencia física continuada «, por lo que han sido condenados por el delito de maltrato habitual. De este modo, los procesados habrían «llevado a cabo contra su hija acciones y omisiones voluntarias que le han causado un grave perjuicio físico, contraviniendo de todo punto sus derechos como persona». Así, y «como consecuencia de dicha violencia física infringida por los investigados hacia su menor hija, ésta habría sufrido las lesiones graves» que se describen en el informe del médico forense , unas lesiones que «habrían sido mortales de no haber recibido asistencia médica«, recogían estas diligencias practicadas. Aunque el juicio se celebró a puerta cerrada, ya el juez instructor explicaba en el auto de procesamiento que los indicios racionales de criminalidad contra ambos investigados tenían como base el atestado instruido por la Policía Nacional. Para ella desgranaba otras pruebas como la declaración de los facultativos de Urgencias Pediátricas del centro hospitalario que reconocieron y examinaron a la menor el día 6 de marzo de 2023, cuando fue ingresada. La declaración de los procesados, quienes «no han ofrecido una explicación mínimamente creíble sobre las graves lesiones apreciadas en su hija menor, dando ambos una versión incongruente y claramente contradictoria». La prueba documental obrante en la causa, en especial los informes y partes de asistencia médica, «en los que se viene a reconocer las agresiones denunciadas», y el informe médico-forense de 17 de enero de 2024. Seguidamente, el instructor consideraba que, «en una primera aproximación a los hechos, sin duda provisional (…), nos encontramos ante una conducta grave que entraña un gran peligro para la integridad física» de la menor «e incluso su vida», ya que no es «en modo alguno descartable que se pudiera haber producido un resultado letal a tenor de la conducta desarrollada por los progenitores, lo que impide en este momento descartar el dolo de matar al menos a título de dolo eventual , de modo que el resultado mortal fuera, eventualmente, asumido por los investigados, quienes aceptaron la probabilidad de que pudiera producirse la muerte de la bebé, siendo irrelevante que, al final, el hecho no tuviera graves consecuencias». El juez instructor ya acordó como medida cautelar suspender de los deberes y facultades que comprenden la patria potestad de los investigados respecto de su hija menor, que permanece bajo la tutela de la Junta de Andalucía.



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Author : (abc)

Publish date : 2025-04-11 08:58:00

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