El decreto de simplificación administrativa de la Junta establece que los ayuntamientos andaluces tendrán que llevar a partir de ahora, en colaboración con el Gobierno autonómico, el registro de licencias de los taxis y éstos podrán suspender su actividad con una «comunicación previa» que sustituirá la autorización que hasta ahora tenía que dar el Ayuntamiento en cuestión. La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda ha remitido una carta a todos los ayuntamientos en la que les informa de dichas modificaciones, tal y como han confirmado desde la Consejería a Europa Press. Además de los citados cambios, se ha retocado el Reglamento de los Servicios de Transporte de Viajeros en Automóviles Turismo de Andalucía con el fin de «agilizar y simplificar procedimientos». Así, se amplía de uno a cuatro años el plazo para visar la vigencia de las licencias municipales para hacerlo coincidir con el visado de las autorizaciones de transporte público interurbano de viajeros de ámbito estatal, y se sustituye la autorización del Ayuntamiento para la suspensión de la licencia en casos de avería, accidente y enfermedad por una comunicación previa del titular. Por último, se sustituye la autorización para la i nstalación de emisoras de radio y de sistemas de telecomunicaciones para la concertación de los servicios de taxi por una declaración responsable del operador y se incorpora la potestad del órgano municipal competente para requerir a la emisora o plataforma intermediaria «toda la información relativa a los servicios solicitados por los usuarios para comprobar la correcta prestación del servicio de acuerdo con lo establecido en las ordenanzas». En la carta, la Consejería de Fomento recuerda a los consistorios las medidas de modernización aprobadas en 2021 para «incrementar la calidad del servicio». Entre esas medidas, cita la precontratación a precio cerrado, el inicio del servicio en municipios diferentes a donde está domiciliada la licencia, el pago con tarjeta bancaria, el carácter preferente de los taxis adaptados y su prestación durante las 24 horas y la obligación de que los autotaxis vayan provistos de un aparato lector de tarjetas de crédito y de impresoras para dar copia de los recibos.
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Author : (abc)
Publish date : 2024-04-07 11:36:03
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